Origen de la figura

El origen del Coordinador Parental data el año 2001 en Denver cuando se utilizó, por primera vez, el término Coordinador Parental. Aunque ya en los años 80, surgieron figuras similares como veréis a continuación, en busca de la protección de menor en el ámbito del divorcio conflictivo.

Los comienzos del Coordinador Parental

En EE.UU y Canadá

La necesidad de contar con un profesional experto que acompañara en los divorcios para asegurar el cumplimiento de sentencia o acuerdos y reducir el nivel de litigiosidad hizo surgir en los años 80 la figura del “Special Master” en el Estado de California (hoy sigue vigente). Este sería el antecedente en el origen de la figura del Coordinador Parental.

A principios de los noventa surge, en este mismo estado, un modelo similar al Coordinador Parental con unos estatutos inspirados en los del Special Master logrando la primera designación detallada de funciones de un Coordinador Parental.

En 1992 se inicia un proyecto similar en Denver, Colorado, mediante la colaboración de profesionales de la salud mental y del derecho.

En 2001 un grupo de Denver acuñó por primera vez el término “Parental Coordinator” o Coordinador de la Parentalidad. También se ha usado el nombre de Facilitadores de la Co-Parentalidad y otros pero siempre con funciones análogas.

En Argentina

El modelo argentino reconoce desde hace tiempo la complejidad de las situaciones a las que el juez de familia debe hacer frente, y le dota de recursos formativos y de un amplio equipo de asesores.

En Buenos Aires, la figura del Juez Cárdenas es una referencia mundial en mediación familiar. Se ha creado un modelo de actuación en el que toda la estructura del sistema judicial converge hacia el acuerdo.

El modelo del Coordinador de Parentalidad en la ciudad de Buenos Aires está realizado por los Juzgados de Familia, denominándose aquí mediación terapéutica (MT). No hay acuerdo de confidencialidad, y se centra en el bienestar de los hijos/as.

En Europa

Encontramos una figura con iguales funciones en el derecho Alemán, el “Umgangspfleger” o “velador del régimen de visitas”. Este profesional puede ser designado por el Juez tras la primera audiencia con los progenitores y sus abogados. Su misión es la de recoger información acerca del niño y velar por sus intereses, hacer cumplir el régimen de visitas, orientar a los progenitores en el cumplimientos de medidas provisionales, definitivas y otros acuerdos y promover la conciliación con los progenitores para que lleguen a acuerdos en beneficio de los hijos.

Del mismo modo, los profesionales del CAFCASS, en Inglaterra, tienen entre sus funciones ayudar a los progenitores a elaborar un Plan de Parentalidad, así como velar por el cumplimiento de acuerdos o sentencia cuando existe Alta Conflictividad en la familia.